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	<title>Comentarios en: Una victoria de las redes P2P sobre la SGAE, se ordena reabrir dos sitios</title>
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		<title>Por: Cirne</title>
		<link>http://www.guapacho.net/2009/11/una-victoria-de-las-redes-p2p-sobre-la-sgae-se-ordena-reabrir-dos-sitios/comment-page-1/#comment-18961</link>
		<dc:creator>Cirne</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Dec 2009 14:38:22 +0000</pubDate>
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		<description>Yo estoy de acuerdo en que los Autores cobren, pero no tanto, tantos y tanto tiempo.

Las compañías de derechos de autores, con sus campañas tan extremas, (no han tenido suficiente con el canon, sino que han perseguido, ayuntamientos, autobuses, taxistas, peluqueros, bares, etc.), han conseguido que una cosa que pasaba inadvertida, uniese a la Red.

Creo que ha llegado el momento de actuar, y a través de la Red forzar al Parlamento a modificar la Ley de la Propiedad Intelectual, principalmente en dos puntos:

1º.- El tiempo de protección, en la actualidad es de 70 años después de la muerte del Autor, esto es un abuso flagrante.

Si tomamos por ejemplo los plazos de protección de la Ley del Medicamento, esta ley da un tiempo de protección a los fármacos de diez (ocho) años después de la fecha de registro, y a partir de este tiempo son públicos y se pueden fabricar genéricos, lo que ha permitido rebajar sensiblemente su coste. No creo que los científicos que crearon el medicamento, sean diferentes que un autor. 

Mi propuesta estaría en igualar a diez años las dos leyes.

2º.- Que solamente tengan la protección de la Ley los Autores, es decir.

En el caso de canciones, el compositor de la melodía original y el letrista de los versos originales. No los interpretes de estas canciones, que en realidad son copias del original.

En el caso de libros el autor de la obra original. No los traductores, adaptadores.

En el caso de películas o series:

Si están basados en libros, el autor de la obra original.

Si son guiones que no están basados en libros originales, los guionistas y nadie más, Los productores, directores, actores, son solamente instrumentos necesarios para producir un producto, al igual que los arquitectos, aparejadores, albañiles, carpinteros, lampistas y pintores, lo son para construir una casa.


3º.- Que la gestión de estos derechos fuese administrada por un Organismo Público, con sus gastos a cargo de los beneficiarios de estos derechos, es decir los autores.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo estoy de acuerdo en que los Autores cobren, pero no tanto, tantos y tanto tiempo.</p>
<p>Las compañías de derechos de autores, con sus campañas tan extremas, (no han tenido suficiente con el canon, sino que han perseguido, ayuntamientos, autobuses, taxistas, peluqueros, bares, etc.), han conseguido que una cosa que pasaba inadvertida, uniese a la Red.</p>
<p>Creo que ha llegado el momento de actuar, y a través de la Red forzar al Parlamento a modificar la Ley de la Propiedad Intelectual, principalmente en dos puntos:</p>
<p>1º.- El tiempo de protección, en la actualidad es de 70 años después de la muerte del Autor, esto es un abuso flagrante.</p>
<p>Si tomamos por ejemplo los plazos de protección de la Ley del Medicamento, esta ley da un tiempo de protección a los fármacos de diez (ocho) años después de la fecha de registro, y a partir de este tiempo son públicos y se pueden fabricar genéricos, lo que ha permitido rebajar sensiblemente su coste. No creo que los científicos que crearon el medicamento, sean diferentes que un autor. </p>
<p>Mi propuesta estaría en igualar a diez años las dos leyes.</p>
<p>2º.- Que solamente tengan la protección de la Ley los Autores, es decir.</p>
<p>En el caso de canciones, el compositor de la melodía original y el letrista de los versos originales. No los interpretes de estas canciones, que en realidad son copias del original.</p>
<p>En el caso de libros el autor de la obra original. No los traductores, adaptadores.</p>
<p>En el caso de películas o series:</p>
<p>Si están basados en libros, el autor de la obra original.</p>
<p>Si son guiones que no están basados en libros originales, los guionistas y nadie más, Los productores, directores, actores, son solamente instrumentos necesarios para producir un producto, al igual que los arquitectos, aparejadores, albañiles, carpinteros, lampistas y pintores, lo son para construir una casa.</p>
<p>3º.- Que la gestión de estos derechos fuese administrada por un Organismo Público, con sus gastos a cargo de los beneficiarios de estos derechos, es decir los autores.</p>
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		<title>Por: Bitacoras.com</title>
		<link>http://www.guapacho.net/2009/11/una-victoria-de-las-redes-p2p-sobre-la-sgae-se-ordena-reabrir-dos-sitios/comment-page-1/#comment-18681</link>
		<dc:creator>Bitacoras.com</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 22 Nov 2009 17:42:45 +0000</pubDate>
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		<description>&lt;strong&gt;Información Bitacoras.com...&lt;/strong&gt;

Valora en Bitacoras.com: El Juzgado ordena que se reabran dos páginas de enlaces a p2p y multa a la SGAE por mala fe en su solicitud de cierre Otro capitulo en la ya interesante historia de la ley contra las redes de intercambio de archivos, conocido.....</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Información Bitacoras.com&#8230;</strong></p>
<p>Valora en Bitacoras.com: El Juzgado ordena que se reabran dos páginas de enlaces a p2p y multa a la SGAE por mala fe en su solicitud de cierre Otro capitulo en la ya interesante historia de la ley contra las redes de intercambio de archivos, conocido&#8230;..</p>
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