Una victoria de las redes P2P sobre la SGAE, se ordena reabrir dos sitios

Escrito en Noviembre 22, 2009
En la categoria pirateria, software, tecnología | 2 Comentarios

emule Una victoria de las redes P2P sobre la SGAE, se ordena reabrir dos sitios

El Juzgado ordena que se reabran dos páginas de enlaces a y multa a la por mala fe en su solicitud de cierre

Otro capitulo en la ya interesante historia de la ley contra las redes de intercambio de archivos, conocido como piratería, básicamente el juez tuvo la precaución de conocer como es que funcionan estos sitios, y repitio contra la , imponiendole una multa por mala fe procesal por haber evitado  la “intención de evitar el derecho a la defensa” del demandado.

Toda la información pueden leerla en el blog de David Bravo

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    2 Responses to “Una victoria de las redes P2P sobre la SGAE, se ordena reabrir dos sitios”

    1. Bitacoras.com on Noviembre 22nd, 2009 12:42

      Información Bitacoras.com…

      Valora en Bitacoras.com: El Juzgado ordena que se reabran dos páginas de enlaces a p2p y multa a la SGAE por mala fe en su solicitud de cierre Otro capitulo en la ya interesante historia de la ley contra las redes de intercambio de archivos, conocido…..

    2. Cirne on Diciembre 11th, 2009 9:38

      Yo estoy de acuerdo en que los Autores cobren, pero no tanto, tantos y tanto tiempo.

      Las compañías de derechos de autores, con sus campañas tan extremas, (no han tenido suficiente con el canon, sino que han perseguido, ayuntamientos, autobuses, taxistas, peluqueros, bares, etc.), han conseguido que una cosa que pasaba inadvertida, uniese a la Red.

      Creo que ha llegado el momento de actuar, y a través de la Red forzar al Parlamento a modificar la Ley de la Propiedad Intelectual, principalmente en dos puntos:

      1º.- El tiempo de protección, en la actualidad es de 70 años después de la muerte del Autor, esto es un abuso flagrante.

      Si tomamos por ejemplo los plazos de protección de la Ley del Medicamento, esta ley da un tiempo de protección a los fármacos de diez (ocho) años después de la fecha de registro, y a partir de este tiempo son públicos y se pueden fabricar genéricos, lo que ha permitido rebajar sensiblemente su coste. No creo que los científicos que crearon el medicamento, sean diferentes que un autor.

      Mi propuesta estaría en igualar a diez años las dos leyes.

      2º.- Que solamente tengan la protección de la Ley los Autores, es decir.

      En el caso de canciones, el compositor de la melodía original y el letrista de los versos originales. No los interpretes de estas canciones, que en realidad son copias del original.

      En el caso de libros el autor de la obra original. No los traductores, adaptadores.

      En el caso de películas o series:

      Si están basados en libros, el autor de la obra original.

      Si son guiones que no están basados en libros originales, los guionistas y nadie más, Los productores, directores, actores, son solamente instrumentos necesarios para producir un producto, al igual que los arquitectos, aparejadores, albañiles, carpinteros, lampistas y pintores, lo son para construir una casa.

      3º.- Que la gestión de estos derechos fuese administrada por un Organismo Público, con sus gastos a cargo de los beneficiarios de estos derechos, es decir los autores.

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